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          Cómo deben viajar los niños de 9 a 12 años






          Siempre he tenido dudas sobre la normativa acerca de los niños en el asiento delantero, me refiero a los que tienen entre 9 y 12 años (sobre los más pequeños ya hay bastante información). Ya he tenido alguna discusión que otra con padres que según quitan la silla a los niños los sientan en el asiento del copiloto. Deberían hacer más campañas de información en este sentido, son nuestros niños los que están en peligro. Fernando S.
          El Art 117 del Reglamento General de Circulación dispone lo siguiente:
          “2. La utilización de los cinturones de seguridad y otros sistemas de retención homologados por determinadas personas en función de su talla y edad, excepto en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, se ajustará a las siguientes prescripciones:
          a) Respecto de los asientos delanteros del vehículo:
          Queda prohibido circular con menores de doce años situados en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto.(Dispositivos de retención infantiles descritos más abajo en la Directiva).Excepcionalmente, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de doce años podrán utilizar como tal dispositivo el propio cinturón de seguridad para adultos de que estén dotados los asientos delanteros.

          b) Respecto de los asientos traseros del vehículo:
          1.º Las personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar obligatoriamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso. (Dispositivos de retención infantil descritos más abajo en la Directiva)
          2.º Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros y no supere los 150 centímetros, podrán utilizar indistintamente un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso (Dispositivos de retención infantil descritos más abajo en la Directiva)  o el cinturón de seguridad para adultos.
          c) Los niños no podrán utilizar un dispositivo de retención orientado hacia atrás instalado en un asiento del pasajero protegido con un airbag frontal, a menos que haya sido desactivado, condición que se cumplirá también en el caso de que dicho airbag se haya desactivado adecuadamente de forma automática.
          3. Los pasajeros de más de tres años de edad cuya estatura no alcance los 135 centímetros, deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso.(Dispositivos de retención infantil descritos más abajo en la Directiva)
          4. En los vehículos de turismo que no estén provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar niños menores de tres años de edad. Además, los mayores de tres años que no alcancen los 135 centímetros de estatura deberán ocupar un asiento trasero.”
          Por su parte, la DIRECTIVA 2003/20/CE determina la clasificación de los sistemas de retención para niños:
          a) el grupo 0 para niños que pesen menos de 10 kg; (cuco de seguridad o silla/cesta contramarcha).
          b) el grupo 0 + para niños que pesen menos de 13 kg; (silla/cesta contramarcha).
          c) el grupo I para niños que pesen entre 9 kg y 18 kg; (silla en sentido de la marcha).
          d) el grupo II para niños que pesen entre 15 kg y 25 kg; (cojín elevador con respaldo).
          e) el grupo III para niños que pesen entre 22 kg y 36 kg. (cojín elevador).

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          EEUU quiere que la cámara trasera de aparcamiento sea obligatoria



          Cámara de aparcamiento
          La agencia NHTSA estadounidense, que tiene cierto paralelismo a la DGT en cuanto a sus funciones, ha propuesto esta semana que todos los coches nuevos vendidos en EEUU a partir de 2014 equipen obligatoriamente la cámara trasera de ayuda al aparcamiento, un elemento que apenas está extendido en Europa y que sólo montan de serie los vehículos más equipados.
          Me ha llamado la atención esta propuesta ya que en Europa nadie se ha planteado esta solución. En el Viejo Continente los tiros en mejoras de seguridad van por hacer obligatorio el ESP o la utilización de las luces de cruce las 24 horas, pero realmente nadie cree que la utilización de la cámara trasera sea un elemento clave a la hora de aumentar la seguridad y disminuir la siniestralidad.

          Cámara de aparcamiento
          La NHTSA proporciona diferentes datos para intentar convencernos de la vital importancia de este dispositivo. En EEUU, se cree que una media de 292 personas mueren anualmente atropelladas por un conductor que estaba aparcando marcha atrás y no tenía la suficiente visibilidad. Además, cerca de 18.000 personas anualmente sufren lesiones derivadas de ese mismo problema.
          Estos datos me hacen pensar dos cosas contrarias: o bien en Europa (o quizá sólo yo) no se le da a este tipo de accidentes la importancia que debería tener, o bien en EEUU tienen un auténtico problema a la hora de aparcar. Teniendo en cuenta que en la mayoría de zonas del país las calles son mucho más amplias y luminosas que en Europa, a priori parece que resulta más fácil y seguro aparcar en aquel país.
          Cámara de aparcamiento
          Lo veamos como lo veamos, el caso es que la NHTSA está completamente decidida a implantar esta medida. Actualmente está abierto un plazo de 60 días por el cual las partes interesadas podrán reclamar o pedir la modificación de esta recomendación, que si finalmente sigue adelante será aprobada en el primer trimestre de 2011 y entrará en vigor en 2012.
          En ese año, un 10% de los coches deberán ir equipados con cámara trasera. En 2013, el porcentaje deberá aumentar hasta el 40% y en 2014 todos los coches deberán incluir este dispositivo de serie. Se calcula que el coste de implantación de la tecnología en todos los coches tendrá un coste de entre 19.000 y 27.000 millones de dólares, una cantidad muy elevada pero que ayudará a reducir la mortalidad en estos accidentes en un 50%.

          EEUU quiere que la cámara trasera de aparcamiento sea obligatoria



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          Los radares de tramo todavía no “cazan” hasta febrero



          Foto entrada túnel autopista autovía radar tramo


          Actualmente ya están instalados los primeros radares de tramo, situados en el túnel de Guardarrama (AP-6) y en la autovía A-7 en Málaga, y están funcionando a todo rendimiento. Lo único que no están haciendo todavía es “cazando” a los infractores.


          La DGT ha optado por utilizar estos radares de velocidad media por distancia como un método “disuasorio” por el momento. Ahora mismo si te cazan terminando el recorrido antes de tiempo, esto es yendo más rápido de lo permitido, te envían una notificación informativa a tu domicilio. Sin multa económica ni de puntos por el momento pero con aviso.



          En ambos radares, situados a la entrada y a la salida de túneles, la velocidad media máxima permitida durante el tramo en el que están instalados es de 100 Km/h. Lo que quiere decir que si el tramo controlado por el rador mide un kilómetro debemos tardar al menos 36 segundos en recorrer esa distancia para que no seamos multados.


          Foto autopista autovía radar tramo


          Mi recomendación para no caer en la tentación: usar el control de velocidad de crucero. Ir despacio en zonas que aparentemente permiten ir a más velocidad (no digo que éstas lo sean, pero podría darse el caso) puede llegar a ser cuanto menos molesto. Para ahorrarse disgustos a partir de febrero es mejor marcar 95 Km/h en el control de velocidad y seguir tranquilamente.


          Dentro de muy poco tiempo la DGT introducirá más radares de tramo y uno de ellos irá a parar a la AP-6 a la altura de Barrios (León) y posteriormente seguirá instalando más en puntos que consideren oportuno. Como ya comentaba anterior el Ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, con estos radares “caerán” los que más despreocupados de la velocidad pero no los que excepcionalmente circulen más rápido de la cuente.


          Autopista autovía radar tramo


          En definitiva, todo un aviso de intenciones para seguir poblando las carreteras y autovías con controles de velocidad automatizados. ¿Cambiará mucho la situación? Posiblemente nos hagan más alertas, posiblemente aumente el tamaño de las bases de datos de los navegadores con los “puntos clave” y posiblemente la recaudación aumente. Entonces, ¿cambiarán nuestros hábitos de conducción?




          Los radares de tramo todavía no “cazan” hasta febrero



          Vía: ElMundo
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          Designar conductor habitual para trámite de multas.



          Este jueves entró en vigor la posibilidad de dar de alta en el Registro de Vehículos al conductor habitual de un vehículo. Hasta ahora las multas llegaban siempre al propietario del vehículo, a partir de ahora las sanciones llegarán directamente al designado como conductor habitual.


          probando coches Designar conductor habitual para trámite de multas

          La DGT sigue con sus historias para agilizar al máximo el cobro de sanciones. La reforma del 2010 incluía la posibilidad de notificar las multas por email con validez legal y la designación del conductor habitual para afrontar el pago de las mismas.


          Muy amablemente, la gente de Pere Navarro invita a facilitarles al máximo la tarea recaudatoria. Hasta ahora, las multas se notificaban al titular (sea persona física o jurídica), siendo éste quien debía remitir a Tráfico la persona que conducía.


          La reforma obliga además a las empresas de arrendamiento de informar sobre la persona que ha alquilado el vehículo si el plazo de posesión es superior a 3 meses.
          La DGT justifica esta medida porque actualmente casi el 50% de los coches matriculados en el país van a nombre de empresas, con lo que se dificultan y alargan los trámites innecesariamente. En ocasiones, la persona que ha cometido la infracción tarda meses en enterarse.


          Personalmente, no pienso ni darme de alta en el registro de emails de la DGT (Dirección Electrónica Vial la llaman), ni como conductor habitual de mi vehículo (que está a nombre de más personas). No pienso facilitar el cobro de multas a la DGT.



          Designar conductor habitual para trámite de multas

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          Especial multas: las multas más extravagantes

          Después de la primera entrega dedicada a multas de velocidad, hoy terminamos este pequeño especial con una recopilación de algunas de las multas más graciosas, curiosas, extrañas o extravagantes que hemos logrado encontrar en la red. No están todas las que son, pero sí son todas las que están.
          Si en las multas de velocidad ya nos contásteis algunas de vuestras anécdotas, en esta ocasión no podría ser menos. No gustaría que en los comentarios nos contárais cuál ha sido vuestra situación más curiosa relacionada con una multa de tráfico,de cualquier temática. A continuación, ahí va nuestro recopilatorio.
          Radar Alemania
          Comenzaremos por una pequeña selección de multas absurdas, de esas que la única explicación que tienen es que el agente de tráfico que la expidió tenía un mal día. Es el caso del conductor gallego que fue multado por llevar un tirachinas colgando del retrovisor. Puede que los agentes tuvieran razón, pero son ganas de rizar el rizo más de la cuenta. De hecho, habría que saber según qué artículo han puesto la multa, porque creo que lo de llevar tirachinas no está contemplado como falta en la legislación de tráfico.
          Una persona fue multada cerca de Santander por circular por el carril central en lugar de hacerlo por el derecho. Vale que lo correcto es circular por este último, pero si tuvieran que multar por cada persona que selecciona mal el carril no se haría otra cosa en este país. Sin duda, todos cometemos alguna vez errores como éstos, pero ya es mala suerte que te multen cuando hasta las propias patrullas los cometen alguna vez.
          Autopista 4 carriles
          En un foro de motos, me he encontrado con el caso de un grupo de motoristas que iba circulando cuando fueron dados el alto. El motivo es que les habían hecho una foto con el radar 200 metros más atras, pero no era por exceso de velocidad, sino para demostrar que uno de ellos llevaba la placa de la matrícula inclinada. Evidentemente, le multaron por ello.
          En Madrid, un abogado iba conduciendo cuando una patrulla le detuvo por ir hablando con el móvil. Este alegó que simplemente iba “rascándose la oreja” y lo demostró enseñando a los agentes que la última llamada registrada en el móvil era del día anterior. ¿La solución? Los agentes le multaron con 60 euros por, literalmente, “conducir y sostener permanentemente la oreja con la mano derecha”.
          Móvil en el coche
          En Inglaterra tienen muchas anécdotas de este estilo. Una conductora fue vista tirando los restos de una manzana por la venta. Todos estamos de acuerdo en que es una conducta irrespetuosa, pero la respuesta de la policía fue algo exagerada: fue perseguida con ayuda de un helicóptero y, finalmente, multada con 60 libras (71 euros). Le salió cara a la policía la broma, el gasto del uso del helicóptero durante la búsqueda seguro que superó ampliamente esas 60 libras.
          En ese país también hay otros casos graciosas, como el del conductor de un BMW M3 que fue multado con 20 libras (23,6 euros) por comer un KitKat al volante, o una mujer que fue sancionada con otras 20 libras por dar un simple trago a una botella de agua cuando iba a bordo de su Volkswagen Lupo. 30 libras fue lo que tuvo que pagar un camarero por ir tomándose un helado en mientras conducía.
          Bebiendo al volante
          De vuelta a España, hay un caso muy curioso que ha acontecido hace unas semanas. Un policía nacional se encontraba en plena persecución de un coche a la fuga, cuando fue parado por la Guardia Civil. La Benemérita le impuso una multa de 150 euros y tres puntos del carnet por no llevar el cinturón puesto. El policía ha alegado que no llevaba el cinturón porque así podría desenfundar su arma; el caso aún está pendiente de resolución.
          Un caso polémico relacionado con la Guardia Civil es el vivido por un conocido. Circulaba por una carretera nacional con las luces de cruce puestas (obviamente). La Guardia Civil le mandó parar para multarles por, según ellos, llevar fundida una de las luces delanteras. Lo mejor de todo, según me contaba esta persona, fue ver la cara de vergüenza que se les puso a los agentes cuando les dijo que no estaba fundida, sino que era el faro correspondiente con la luz de carretera.
          Multa de velocidad
          En este apartado podemos incluir un caso que he encontrado recientemente, que debería haber ido en la primera entrega. Un conductor fue multado por adelantar a una patrulla de policía cuando ésta iba en persecución de un coche que se daba a la fuga. A saber a qué velocidad iba el hombre…
          Pasamos ahora a hablar de multas puestas por conductas absurdas, de esas en las que te preguntas en qué pensaba el conductor. En Inglaterra se dio el caso de una persona que fue pillada por un autopista a altas velocidades mientras iba afeitándose imperturbablemente. El conductor alegó que llegaba tarde a un curso de primeros auxilios (?) pero la justicia no tuvo compasión y fue sancionado con seis meses de retirada del carnet de conducir.
          no hay títuloEl caso anterior no es nada comparado con lo que viene a continuación, auténticos disparates que parecen sacados de una película de humor chabacano. En Diariomotor ya vimos un caso de estos hace un tiempo, cuando en todas las noticias apareció que una persona había sido multada por marturbarse al volante. Sin palabras.
          Nuestro lector Juan Jose nos ha enviado una pista de una curiosa multa recogida por un periódico de su país, Paraguay. En el pueblo portugués de Celorico da Beira, a un agricultor le retiraron el carnet y decidió sustituir su coche por un burro. El problema es que fue detenido poco después por ir completamente beodo mientras circulaba a lomos de su burro.
          El Telegraph inglés recoge el caso de un motorista australiano que tiene como costumbre conducir ataviado con una parrilla de barbacoa. Un conductor le hizo una foto que comenzó a circular como la pólvora por la red. Las autoridades se pusieron alerta y finalmente le cazaron con las manos en la masa, lo que provocó que fuera multado con 800 dólares australianos (570 euros).
          Motorista con parrilla
          En Inglaterra, un pirado fue interceptado por la policía por circular con un coche de choque por un carril-bici. Todavía no me explico cómo podía moverse el coche sin electricidad, pero lo más gracioso es que su “conductor” dijo que en ningún sitio ponía que no se podía circular con este cacharro por el carril-bici. Finalmente, fue multado por poner en peligro la seguridad de los ciudadanos.
          Multa a un coche de choque
          En Alemania, una persona discapacitada iba circulando por la carretera con una silla de ruedas. Está prohibido que circulen por la vía pública (deben ir por las aceras) pero lo peor es que el hombre iba a más velocidad de la permitida y con un estado de embriaguez colosal. La tasa de alcohol era 10 veces superior a la permitida; el hombre alegó que volvía de una fiesta y decidió no volver a casa en transporte público.
          Perro con casco
          En Italia, un motorista iba con su BMW 1000 RR cuando la policía le interceptó por llevar un perro en la moto. No sólo esto, sino que el animal llevaba un casco acorde a su tamaño. El hombre dijo que su fiel amigo era como una persona para él, pero no logró ablandar el corazón a los agentes, que le multaron con 78 euros.
          No hace falta irse tan lejos para encontrar casos tan hilarantes. En San Juan de Aznalfarache (Sevilla), un hombre fue detenido por la Guardia Civil cuando circulaba con un triciclo de juguete por un polígono industrial. Y no es que estuviera mostrándoselo a su hijo, sino que era su medio de transporte. Para más gravedad, era de noche e iba sin luces, por lo que fue multado por conducción temeraria en un vehículo no catalogado.
          Triciclo de juguete
          Hasta aquí llega nuestro especial sobre multas. Hay gran cantidad de anécdotas graciosas de este tipo, pero hemos realizado una selección para no hacer esto interminable. Como decía al principio, nos gustaría que ahora nos contaras una situación curiosa que conozcas, tanto vivida por ti mismo como “de oídas”.


          Especial multas: las multas más extravagantes

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          Diferencias entre un detector y los inhibidores de radar


          En la ultima revisión legal de la Ley de Trafico creo que se aclaro la laguna de la infracción por la instalación y uso de inhibidores de radar, pero leí que quedaba sin sanción el uso de detectores de radar.
           ¿Es esto así? 
          ¿Cuál es la diferencia entre estos aparatos? José Ochoa

          Efectivamente,  la última reforma de la Ley de Tráfico (tampoco las anteriores)  puede considerarse como un modelo de técnica legislativa. Es más bien una chapuza. Y una prueba evidente es este asunto de los detectores de radares, que te confirmamos no están prohibidos. Es más, la Dirección General de Tráfico ha dado instrucciones a la Guardia Civil para que no formulen denuncias si se trata de detectores, que no inhibidores. La diferencia entre ambos es que los primeros sólo detectan la señal del radar, pero no la alteran ni la anulan para impedir el control de la velocidad. Esto es precisamente lo que hacen los inhibidores.
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          Valencia decide limitar la velocidad en su casco histórico a 30 km/h



          Señal 30 km/h
          Las grandes ciudades siguen poniendo en marcha proyectos para incitar a los ciudadanos a que dejen de usar sus coches. Las soluciones más directas pasan por peatonalizar calles o imponer tasas impositivas muy altas, pero hay otras medidas más sutiles como la que va a poner en marcha Valencia.
          El Ayuntamiento de la ciudad prevé poner en marcha a lo largo de 2011 un plan por el cual el centro histórico pasará a ser Zona 30, es decir, los vehículos que transiten por sus calles no podrán pasar de 30 km/h. Ya había una pequeña zona limitada a esta velocidad pero ahora se ampliará notablemente, hasta tal punto de que hasta 32 calles de entrada al casco histórico estarán señalizadas con esta limitación.

          Valencia
          Calles como la de La Paz, Corona o Maldonado estarán regidas por esta nueva norma, a las que hay que sumar otras como Quart y Serranos que ya estaban limitadas anteriormente. Esta medida es una continuación a la declaración de zona Zona Acústicamente Saturada que el Ayuntamiento valenciano decretó para el centro urbano de la ciudad.
          Como decía, la medida apunta claramente a los conductores, que cada vez se ven más presionados. La disminuición de la velocidad ayudará a reducir las emisiones de gases en la zona, además de limitar los ruidos que se producen en las calles durante todo el día. También repercutirá en una mejora de la seguridad de los usuarios de la vía, tanto conductores como peatones o ciclistas, puesto que a menor velocidad disminuyen los riesgos en caso de incidentes.
          Valencia
          Esta limitación se suma a la restricción de acceso nocturno que ya estaba presente en la zona. Entre las dos medidas, seguro que muchos vecinos de las calles afectadas se encuentran de maravilla con la nueva situación, aunque por otra parte los empleados de comercios de la zona que no vivan allí o los repartidores verán ligeramente perjudicado su acceso a la zona.
          Valencia no es la única ciudad española que tiene en marcha medidas de este tipo. La limitación de la Zona 30 ya existe en varios puntos de la geografía española, con ejemplos tan dispares como Barcelona o León. Nos guste o no, la tendencia va hacia medidas cada vez más agresivas puesto que en 2025 los cascos históricos de las ciudades europeas deberán estar libres de vehículos.



          Valencia decide limitar la velocidad en su casco histórico a 30 km/h

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          ¿Nos pueden sancionar por llevar las luces encendidas durante el día?





          Tengo entendido que en un futuro próximo será obligatorio circular de día con las luces de cruce encendidas. Yo ahora veo algunos coches que ya las llevan encendidas. Incluso creo que hay algunas marcas que traen de origen en sus modelos que se enciendan por sistema.  
          Mi pregunta es: si yo circulo ahora a plena luz del día con las luces encendidas ¿me pueden multar? Antonio Romero Soriano
          No, porque a nadie se le puede sancionar por algo que hoy ya no está prohibido. Incluso la DGT ha recomendado su utilización en tanto no salgan de fábrica todos los coches con el encendido automático del alumbrado, de acuerdo con la normativa comunitaria.
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          Neumáticos de invierno vs neumáticos de verano



          Por mucho que fabricantes y prensa hagamos hincapié en la importancia de unos buenos neumáticos de invierno cuando la climatología se vuelve adversa, la realidad es que en países como España siguen siendo unos grandes desconocidos. Nada que ver con lo que sucede en países del Norte de Europa donde sin este tipo de gomas un automóvil quedaría inservible durante tres o cuatro meses al año.


          En más de una ocasión ya os hemos hablado de los neumáticos de invierno, esta vez es BMW quien nos ofrece un vídeo de lo más ilustrativo demostrándonos que incluso un todocamino como el BMW X3 con tracción a las cuatro ruedas es insuficiente para lidiar con una pista cubierta de nieve si no se cuenta con el “calzado” adecuado. Basta ver el vídeo para comprobar que sobre nieve la diferencia entre neumáticos de invierno y de verano es como la noche y el día.



          Tal vez el desconocimiento nos lleve a pensar que las cadenas siguen siendo un método más efectivo para enfrentarnos a una calzada cubierta de nieve. Nada más lejos de la realidad, según el código de circulación éstos pueden ser utilizados en tramos donde sólo se permite el tráfico con uso de cadenas y por si no fuera poco el neumático de invierno es más efectivo (y cómodo) que las cadenas en la mayoría de las situaciones a las que nos tendremos que enfrentar.
          El hecho de que en muchas zonas de España no nieve en todo el año o lo haga de forma muy esporádica es una de las posibles razones para entender que el conductor no tome conciencia de la importancia de estos neumáticos. A parte está la incomodidad de tener que cambiar de juego de neumáticos dos veces al año, disponer espacio para guardar los neumáticos de repuesto con sus respectivas llantas…
          La experiencia en el Norte de Europa es completamente diferente. A mediados de octubre es fácil percatarse de que un buen porcentaje de vehículos, antiguos y de reciente matriculación, se mueven entre el tráfico con unas feas llantas de acero negras. La razón es precisamente elcambio a neumáticos de invierno y el hecho de que no todos los propietarios de un vehículo pueden permitirse disponer de dos juegos de llantas de aleación.





          Neumáticos de invierno vs neumáticos de verano, la diferencia en vídeo

          Por David Villarreal el 29 de Noviembre de 2010

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          Consejos para un adelantamiento seguro


          El adelantamiento es una de las maniobras más peligrosas de las que un conductor puede realizar en un desplazamiento interurbano. En España se producen unos 2.500 accidentes graves al añodurante esta maniobra.
          adelantamiento Consejos para un adelantamiento seguro
          Aparte de la teoría que nos enseñan en la autoescuela, no está de más seguir los siguientes consejos que nos permitan dominar la situación.
          • El adelantamiento debe ser una maniobra meditada y calculada, no adelantar espontáneamente “porque hay hueco”.
          • Controla tu entorno, tanto si ves posibilidad de adelantar como si no. Te será más fácil encontrar el momento oportuno para adelantar si ya tienes vigilado los retrovisores y lo que viene por elcarril contrario. Vigilando bien el lo que sucede a tu alrededor podrás adelantarte a la  maniobra de adelantamiento, acelerando ya desde nuestro propio carril, antes incluso de que nos hayamos cruzado con el último coche. Cuanto más aceleremos en nuestro propio carril, menos tiempo estaremos en el carril contrario.
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          • Adelantar es una maniobra que requiere decisión, pero también requiere saber como actuar en caso de que se complique. Por ello, siempre que inicies una maniobra de adelantamientoconviene tener en mente una “segunda opción”,  casi siempre se traduce en frenar y volver a nuestro carril. Cambiar de decisión a tiempo puede ahorrarte un buen susto y no tiene por qué ser recriminado por otros conductores.
          • Siempre hay que facilitar la maniobra de adelantamiento a los demás. Que otro coche te adelante no significa que vayas a llegar más tarde a casa ni nada por el estilo:-). Si un coche intenta adelantarte es muy sensato levantar un poco el pie para ayudarlo. Si  además viene otro vehículo por el carril contrario habremos de frenar suavemente y ceñirnos a la derecha, facilitando al máximo la maniobra al que adelanta.

          • Igualmente, si circulas tranquilamente y un coche viene de frente invadiendo tu carril, habrás de frenar y apartarte a la derecha todo lo posible (procurando no salirse del pavimento, si es posible, para mantener bien el control del coche). Dar ráfagas y pitar no sirve para nada…, salvo para distraerte a ti mismo y al resto de conductores. Es mejor emplear el tiempo y la concentración  en evitar un accidente que acabar en el hospital teniendo razón.
          • Si circulas detrás de un coche que está adelantando, no ocupes su hueco hasta que haya concluido la maniobra. Si por alguna razón el coche que adelanta necesitara frenar y volver se lo estaríamos impidiendo.
          adelantamiento sucida Consejos para un adelantamiento seguro
          • Algunos camiones o coches lentos suelen indicarte con el intermitente que puedes adelantar. Es una buena pista, pero no conviene fiarse. Lo que para el coche que indica puede ser una situación clara no tiene por qué serlo para el coche que adelanta.
          • Procura no tener que cambiar de marcha en mitad del adelantamiento, no por falta de fuerza ni por llegar al tope de revoluciones. El motivo es claro: cambiar en un momento de urgencia puede hacer que falles y lo dejes en punto muerto, alargando la maniobra.
          • Adelantar no es cuestión de tener un coche con muchos caballos, sino una cabeza bien amueblada. Usando sabiamente la relación del cambio y anticipando la aceleracíon, podrás concluir la maniobra igual de rápido que con un coche de  muchísima más potencia.
          Y ante todo, guiate siempre por el sentido común. Una maniobra de adelantamiento no tiene sentido si estás a punto de llegar a tu destino (ahorrarás medio minuto escaso), o si el tráfico es muy denso (circularás a la misma velocidad pero 100 metros más adelante).

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          Cuál es la legislación sobre la utilización de las rotondas

          Desde hace tiempo observo que la gente al tomar una rotonda normalmente se "precipitan" al carril central, señalizan con el intermitente izquierdo si van a permanecer en la rotonda y no señalizan para salir. Además parece existir la creencia generalizada de que los que van por carriles interiores tienen prioridad sobre los que vamos por carriles exteriores.

          Al principio creía que ellos eran los equivocados, pero cuando una minoría tan reducida circula preferentemente por los carriles más exteriores, sólo toma las salidas si van por el carril más exterior, señalizan la salida, pero no si permanecen en un carril dentro de la rotonda y el resto hacen lo contrario: las dudas surgen. Luis Molina
          También nosotros hemos observado lo que nos indicas. Por eso en AEA tratamos de recordar que si se circula en rotondas hay que tener en cuenta dos normas básícas de circulación:  
          Primera: Que efectivamente, y salvo que haya una señal que indique lo contrario, tiene preferencia de paso el vehículo que circula por la rotonda respecto del que pretende acceder a ella; 
          y segunda_ Que hay que aplicar la norma general sobre prioridad de paso cuando se cambia de carril, y por eso, en el caso de una rotonda con dos carriles, el que circula por el carril exterior tiene preferencia de paso sobre aquel que circulando por el interior quiere salir de la rotonda y tiene que invadir el carril exterior. 
          En este caso tendría que esperar a que pasaran los vehículos que circulan por el carril exterior de su derecha, y si ello no fuera posible tendrá que continuar la marcha dando una vuelta a la rotonda para poderse preparar y cambiar de carril con seguridad.

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          Entra en funcionamiento la Dirección Electrónica Vial y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico.- Es obligatorio para las empresas y voluntario para los particulares


          El pretexto de "no tener conocimiento de la multa" perderá toda su fuerza como disculpa. A partir de mañana, entra en funcionamiento la Dirección Electrónica Vial (DEV) y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), las aplicaciones electrónicas previstas en la reforma de la Ley de Seguridad Vial. Los conductores podrán conocer las sanciones pendientes mediante correo electrónico o móvil.

                DGT

                (Dirección General de Tráfico)

                A FONDO

                Sede:
                Madrid (España)
                Directivo:
                Pere Navarro Olivella (Director General)

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              La Dirección Electrónica Vial, obligatoria para las empresas y voluntaria para las personas físicas, pondrá fin a las multas de papel, que ahora suponen a Tráfico 20 millones de euros de presupuesto de correo. Las diferentes administraciones con competencia sancionadora en materia de tráfico depositarán las notificaciones de las multas en una web que generará avisos al correo electrónico y al móvil de aquellos usuarios que se hayan inscrito al servicio, para lo cual necesitarán disponer del DNI electrónico o del certificado digital. No solo se comunicarán las multas sino otra información útil como la próxima caducidad del carné de conducir a de la ITV.
              "Cada vez que un ciudadano cambia de domicilio tiene que empadronarse y notificar este cambio a la DGT", explica el director de la Dirección General de Tráfico, Pere Navarro. "Pero con la movilidad que existe hoy en día, no todo el mundo notificaba este cambio", asegura Navarro. Y ofrece un dato muy ilustrativo: "Una de cada tres multas por radar no llega".
              Pero que la multa no llegue no significa que no se paga. Incluso se paga más por los recargos. "Imaginemos que un radar fijo nos multa por ir a 142 kilómetros por hora. El importe sería de 100 euros, de 50 si nos acogemos al pronto pago. Pero si no nos llega la notificación, cuando la administración nos requiera la identificación del conductor, tampoco contestaremos y eso nos supondrá una multa de 300 euros", argumenta Ramón Ledesma, subdirector de normativa de la DGT. "Al ciudadano le interesa conocer sus multas porque dispondrá de 20 días para pagar o para hacer alegaciones", añade Pere Navarro.
              Las alegaciones se podrán realizar desde la pantalla del ordenador. "Se tendrán las mismas opciones que había en el formato papel, es decir se rellenará un formulario y se podrá adjuntar la documentación oportuna", explica Ledesma.
              La otra novedad electrónica que entra en vigor mañana es el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, una web que sustituirá al Boletín Oficial de la Provincia y en donde se publicarán las notificaciones que no se han podido realizar a través de la Dirección Electrónica Vial. "Es lo que llamamos la chincheta electrónica", bromea Pere Navarro, que asegura que cuando escucha hablar de los Boletines Oficiales de Provincia, que "nadie consulta", le suenan "no a siglo XX sino a siglo XIX".
              La nueva web dispondrá de un buscador en el que se introducirá el DNI para rastrear si el conductor tiene alguna sanción pendiente. No obstante, quien así lo deseé podrá solicitar la inclusión en "una relación de excluidos" para que su nombre no sea visible para el resto de usuarios, lo que era imposible con el Boletín Oficial de Provincia.
              Tanto la DGT como los órganos de las comunidades autónomas con competencias en tráfico harán sus notificaciones a través del TESTRA a partir de mañana. Los Ayuntamientos tendrán de plazo hasta el 25 de mayo de 2012.
              PATRICIA R. BLANCO - Madrid - 24/11/2010
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