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          Tráfico mejora el procedimiento informático de matriculación de vehículos



          Será obligatorio reflejar las emisiones de CO2 de turismos y todoterrenos

          21 de septiembre de 2010

          La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aplicado cambios para mejorar el procedimiento informático de matriculación de vehículos, con el fin de adaptar los diferentes requerimientos normativos a este proceso. Con esta medida, además, se cumple con el objetivo de "modernizar, agilizar y favorecer al ciudadano en la tramitación de sus gestiones con la Administración", destacó el Ministerio del Interior.
          Entre las novedades, figura la obligación de reflejar las emisiones de CO2 de turismos y todoterrenos, la normalización de los domicilios para adaptarlos al formato del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) o la posibilidad de anotar el kilometraje del vehículo para dotar de más transparencia al mercado de vehículos usados.
          Tampoco será necesario informar sobre el domicilio del permiso de circulación, la obligación de aportar datos del tutor en vehículos que sean propiedad de menores, el código de actividad (IAE) para los coches matriculados a nombre de autónomos y la ampliación de la relación de los servicios a los que se destinan los vehículos matriculados.
          Hasta ahora, los conductores pueden realizar el pago de las sanciones por Internet, a través de tarjetas de crédito, identificar al conductor que comete una infracción con su vehículo o conocer su saldo de puntos. No obstante, a partir del próximo 25 de noviembre, estas gestiones telemáticas se amplían con la entrada en vigor de la segunda fase de la Ley de Seguridad Vial, en la que se implanta la Dirección Electrónica Vial (DEV) y la notificación electrónica con efectos legales para las personas jurídicas titulares de vehículos y voluntaria para las personas físicas.
          Este nuevo sistema permitirá, a través de un correo electrónico, acreditar la fecha y la hora en la que el denunciado dispone de la notificación de la sanción a efectos legales. Además, el conductor podrá recibir avisos de la DGT sobre la caducidad de su permiso de conducir, la revisión de la ITV y el seguro del coche, entre otras notificaciones.
          Otra de las novedades que entrará en vigor en noviembre es el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA), una web certificada de nueva creación para la notificación de todas las sanciones, cuando éstas no puedan realizarse en el domicilio, en sustitución de los actuales edictos que se publican en los Boletines Oficiales de la provincia o comunidad autónoma, que "implicaban una inseguridad para el infractor", señaló la DGT.
          Con motivo de estos cambios, los ciudadanos no podrán realizar hoy la matriculación de vehículos en las Jefaturas de Tráfico, si bien el porcentaje actual de particulares que realizan esta gestión apenas alcanza el 10%. El servicio se reanudará con normalidad mañana miércoles 22 de septiembre. En este tiempo, la interrupción sólo afectará a la matriculación, ya que el resto de gestiones que se desarrollan en las Jefaturas Provinciales se mantendrán sin cambios.

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          Especial multas: las multas de velocidad más sorprendentes



          Multa Porsche Boxster
          Con este post iniciamos en Diariomotor un pequeño especial dedicado a recopilar algunas de las multas de tráfico más extrañas, graciosas, impactantes o irreales que hayan aparecido en los últimos años. La primera entrega se centrará exclusivamente en multas por exceso de velocidad.
          Es un tema muy recurrente del que seguramente tengamos anécdotas casi todos, más aún últimamente con las continuas campañas de control de velocidad que la DGT lleva a cabo en todo el territorio español. Tras el salto se encuentra una selección de las sanciones que más nos han llamado la atención, pero nos gustaría que tú también nos contaras tu particular anécdota.

          Multa Mercedes SLS AMG
          Comencemos primeramente por las multas por velocidad puras y duras, esas que sorprenden a todo el mundo por lo desproporcionado de sus cifras. Comencemos por un caso que tenemos muy reciente: en Suiza, expertos en leyes de tráfico muy restrictivaslas multas por exceso de velocidad son directamente proporcionales al poder adquisitivo de la persona infractora.
          La primera vez que oímos hablar de ellos fue cuando el conductor de un Ferrari Testarossa fue multado con 200.000 euros por ir a 100 km/h en una zona limitada a 50 km/h. La cosa fue más allá hace unas pocas semanas, cuando fue cazada persona al volante de un Mercedes SLS AMG que circulaba a 290 km/h. La sanción asciende a la friolera de 700.000 euros, una salvajada proporcional a la velocidad a la que circulaba. Pero en Suiza no son los únicos que saben circular muy deprisa por carreteras abiertas.
          Multa Peugeot RCZ
          En todo el mundo suceden sanciones de este tipo, pero centrémonos en España por eso de la cercanía. De vez en cuando los telediarios nos sorprenden con coches que circulan a velocidades muy elevadas, como es el caso de una persona que circulaba con un Audi A8 por la Autovía de Burgos a 260 km/h, o un conductor extranjero que fue cazado a 210 km/h en un Peugeot RCZ antes de que se iniciara su comercialización.
          El caso de velocidad extrema en carreteras españolas más reciente que conozco es el de un Porsche 911 Turbo que circulaba a 251 km/h por la A-6 a la altura de Bembibre (León). Según la DGT es la segunda velocidad más alta registrada por un radar, por detrás de la del A8 citado anteriormente. La tercera velocidad más elevada es 248 km/h, registrada en Trujillanos (Badajoz) al pasar un BMWSerie 5 (que no un M5) al pasar por el radar.
          Sorprendente multa por exceso de velocidad: conductor brasileño a 880 km/h
          Dejemos ahora las sanciones por velocidad extrema puras y duras para pasar a hablar de multas inverosímiles. El caso más espectacular es uno ocurrido en Brasil, del que se hicieron eco casi todos los medios, donde una persona fue multada por circular a 880 km/h con un Volkswagen Gol de 65 CV. Sin duda, se tuvieron que alinear todos los astros para que pudiera alcanzar esa velocidad…
          No menos surrealista es la multa que le pusieron en el Reino Unido a un humilde conductor de taxi, concretamente un Vauxhall Cavalier (Opel Vectra de primera generación en el resto de europa). Pagó una multa de 100 euros por circular a más de 50 km/h en una zona urbana, pero a sucasa llegó un informe en el que decía que iba a 675 km/h. Finalmente, resultó ser un error tipográfico.
          Multa Vauxhall Cavalier
          Otra de estas multas inverosímiles tuvo lugar en España, concretamente en la autovía A-8 en la provincia de VizcayaUn autobús de BizkaiBus, el servicio de transporte público de la Diputación , fue cazado en esa carretera a 235 km/h. ¿Ilógico, verdad? Lógicamente, fue un error, puesto que el radar que lo detectó estaba mal calibrado.
          No sólo los autobuses y los turimos están sujetos a estos errores, también hay sitio para las motos. Un italiano dueño de una preciosa Moto Guzzi se quedó sorprendido cuando a su casa le llegó una multa por circular a 616 km/h por el casco urbano de la localidad lombarda de Cernusco Lombardone. No sé la causa exacta pero seguramente se debiera también a un fallo tipográfico. Dudo mucho que en una pequeña localidad tengan radares en sus calles.
          Especial multas: las multas de velocidad más sorprendentes
          Un caso particular es el de un ciudadano sevillano que recibió una receta de 23 euros por haber circulado en una zona de Rotterdam a 87 km/h cuando sólo se podía ir a 80 km/h. Hasta aquí todo normal, pero el caso es que el hombre jamás había estado en esa ciudad. La multa no tenía su nombre ni la matrícula de su coche, así que todo quedó finalmente en sólo un pequeño susto.
          Pasemos ahora a citar multas completamente reales, aunque no por ello menos increíbles. La más llamativa es la que aconteció en Brasil, cuando una persona minusválida fue sorprendida mientras circulaba a más de 80 km/h con una silla de ruedas. ¿No te lo crees? Pues a continuación tienes el vídeo demostrativo, sencillamente apabullante:

          Ventana externa

          En EEUU, la policía embargó a Michael Perridon, dueño de la compalía informática Trust, todo un Bugatti Veyron por haber doblado la velocidad máxima permitida en una vía. Lo más gracioso de todo es que no era el dueño el que lo conducía, sino su hijo de 20 años. Parece que no era consciente de que debajo de su pie derecho llevaba un millar de CV listos para echar a volar en unos pocos segundos.
          Y la última, por fin, la más nostálgica de todas. Un ciudadano británico fue multado por circular a 56 km/h en una zona limitada a 48 km/h (20 mph según el sistema imperial). La particularidad del asunto es que conducía un Ford T del año 1923, plenamente operativo y con la matrícula al día, lo que permitió al radar “cazarlo”.
          Ford T 1923
          El conductor alegó que es imposible que un coche de casi 90 años de antigüedad alcance esa velocidad (cosa que dudo) pero el caso es que no puedo demostrarlo, así que tuvo que pagar las 138 libras (165 euros), amén de perder tres puntos del carnet de conducir. No está nada mal la broma teniendo en cuenta que sólo superaba el límite en 8 km/h.
          Hasta aquí llega nuestra primera entrega del especial sobre multas. En pocos días os mostraremos una nueva entrega con más multas de tráfico, la mayoría de ellas más hilarantes que las aquí expuestas.
          Fotografías: Richard Faulder | The Sun


          Especial multas: las multas de velocidad más sorprendentes



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          Dvuelta: con las cifras de víctimas de accidentes de tráfico no se juega

          La empresa especializada en recursos de multas Dvuelta ha vuelto a lanzar otra andanada contra el uso, abuso o mal uso que hacen las distintas Administraciones de su poder. En esta ocasión, denuncia que la Dirección General de Tráfico no incluye en las estadísticas de fallecidos en accidentes de tráfico a 24 horas a los que pierden la vida en las travesías que atraviesan los núcleos urbanos. Por ello, Dvuelta pide la creación de un organismo independiente que mida la siniestralidad vial en España.

          Obviamente, la no inclusión de esos fallecidos en travesías hace que las cifras de siniestralidad parezcan mejores de como son en realidad. Según Dvuelta, solo en este verano se han producido seis víctimas mortales en accidentes en las citadas vías que no han sido incluidas en las estadísticas al cierre de la “Operación Verano 2010″; además, habría que sumar los fallecidos en travesías de Cataluña y País Vasco, que tienen transferidas las competencias en tráfico.
          Los seis muertos no contabilizados este verano en la red nacional de travesías se produjeron en Burgos, Santa Cruz de Tenerife, Segovia, Zamora y Zaragoza. Así, la cifra de fallecidos en accidentes de tráfico en los meses de julio y agosto de este año ascendería a 370 en lugar de 364.
          Durante cada año la DGT ofrece diversos datos estadísticos, entre otros, de fallecidos. Unos recogen los muertos a 24 horas en las carreteras y otros los que tienen en cuenta a los fallecidos a 30 días en todo tipo de vías; esta última estadística es la que se utiliza en la Unión Europea para sus informes. Los primeros datos son los que suele ofrecer el ministro del Interior siempre que acaba una operación importante de tráfico o en los resúmenes anuales. De esta forma, la información proporcionada siempre es la que parece mostrar la eficiencia del equipo ministerial en lo que a reducción de la siniestralidad se refiere.
          Curiosamente, esas víctimas mortales que no se contabilizan sí que figuran en los atestados de la Guardia Civil de Tráfico e incluso en la propia información interna que maneja la DGT a través de su aplicación informática, puesto que las travesías no son competencia de los municipios. Dvuelta estima que cada año fallecen en travesías entre 30 y 40 personas que no son incluidas sino en las listas definitivas a 30 días, alterando la información en beneficio del Ministerio.
          Por todo ello, la citada empresa pide que se cree un organismo independiente que cuente con las asociaciones de conductores y que tenga un acceso total a las fuentes de información que luego se utiliza para elaborar estadísticas, además de a los métodos de su procesamiento informático, y así poder auditar las cifras que ofrece la Dirección General de Tráfico.


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          Adquirir un coche: algún recordatorio.



          La adquisición de un automóvil puede ser algo emocionante, pero lo que nunca deja de ser es un proceso complejo que incluso puede terminar no solamente en un desembolso excesivo de dinero sino en (lo que es mucho peor) la total decepción por el resultado final de la compra. Vamos a recordar algunos pasos que son imprescindibles para minimizar el posible desencanto de un hecho que suele tener bastante importancia en nuestra vida.
          Las emociones no deberían estar presentes el día en que decidamos acometer un desembolso de miles de euros para la adquisición de un coche. Enamorarse de un modelo en concreto nos impedirá valorar otros que quizá satisfagan nuestras necesidades de forma más plena, e incluso nos hará obviar la búsqueda de información, pruebas, comparativas y otros datos fundamentales. Las emociones de verdad serán las que nos proporcione el vehículo que nos es realmente útil, no importa cuál sea el uso principal; y el mejor momento para empezar a vivirlas es en la prueba de conducciónque debemos exigir al vendedor. No hacerlo, bien porque no nos atrevemos a solicitarla, bien porque el vendedor prefiere evitar ese “trance”, nos evitará sorpresas posteriores a la adquisición; sorpresas que si ya evitamos cuando nos compramos un simple pantalón, ¿por qué no cuando nos vamos a gastar mucho más dinero?

          Tal y como está la cuestión económica en España, es más que probable que un vendedor se esfuerce motu proprio a la hora de ajustar el precio final del vehículo sin necesidad de presionar en exceso; aún así, salvo que el coche de nuestro interés sea uno que esté muy demandado por el mercado (que, de ser así, probablemente solo ocurriría con los vehículos de muy alta gama), de forma habitual se pueden obtener descuentos que permitan al vendedor obtener un margen razonable y, por tanto, efectuar la venta con beneficios para ambas partes. Lo que no nos debe llevar a un error bastante común: hacerse con un chollo en lugar con el automóvil que necesitamos de verdad; quizá en el momento de deshacernos de él nos llevemos un disgusto al comprobar que su valor es mucho más bajo del que pensábamos.
          A la hora de buscar financiación (a no ser que nos llamemos Carlos Slim) es conveniente llegar al punto de venta con las ideas lo más claras posible, es decir, saberpor cuánto y durante qué tiempo nos podemos endeudar. Para ello, hay que huir de una pregunta que suele llevarnos a realizar esfuerzos que quizá luego no podamos asumir: ¿cuánto puedo pagar al mes? La razón de esa huida es sencilla: una financiación a muy largo plazo, aunque nos suponga una cuota mensual “asumible”, implica el pago de una mayor cantidad de intereses y, por tanto, un incremento en el precio final de nuestra compra que en la mayoría de los casos no merece la pena. Aunque debemos escuchar las ofertas de financiación que seguramente nos hará el vendedor “en nombre” de la financiera -por lo general- de la propia marca, hagamos una visita a nuestro banco: el director ya nos conoce y puede que nos ofrezca lo nadie puede ofrecernos. También hay que considerar la opción de un alquiler a largo plazo o renting, producto que es desde hace ya tiempo muy interesante para los particulares.
          En el caso de que deseemos incluir nuestro actual vehículo en la operación, no nos importe buscar y comparar en revistas especializadas (digitales y de papel) o incluso acudir a un compra-venta para obtener una valoración lo más ajustada posible.

          El mismo interés que debemos poner a la hora de no complementar nuestro coche con extras que no necesitamos por increíble que sea el precio al que los podemos añadir (extensiones de garantía, asistencia en carretera cuando ya la disponemos en nuestra póliza de seguro, neumáticos deportivos, etc.), es el que debemos dedicar al ámbito de la seguridad: nunca infravaloremos disponer de ayudas de todo tipo como volante multifunción, bolsas de aire (airbag), conexión Bluetooth para nuestro teléfono, control electrónico de estabilidad, cinturones con pretensor o cualquier otra; conduciremos más seguros y protegidos y el valor del coche será más alto que otro igual con dicho equipamiento.
          Finalmente, en el caso de que el vehículo a comprar sea usado, es imprescindible acudir a un mecánico de confianza para que nos realice un detallado informe (a ser posible, por escrito, por raro que pueda sonar); el coste de ese informe nunca será tan alto como para que deje de merecer la pena, además de que podremos utilizarlo en la negociación.

          Adquirir un coche: algún recordatorio

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          La edad mínima para conducir ciclomotores es de 15 años desde hoy



          Derbi 50cc
          El sueño de miles de adolescentes a punto de cumplir los 14 años en los próximos meses se acaba de esfumar. La refoma del Reglamento General de Conductores, aprobada el pasado mes de diciembre, obliga desde el 1 de Septiembre de 2010 a que la edad mínima para conducir ciclomotores (menos de 50 cc de cilindrada) sea de 15 años, frente a los 14 años que se exigían hasta ahora.
          La anterior licencia de conducción que se otorgaba a estos jóvenes moteros se transforma ahora en un nuevo permiso de conducción denominado AM. Para poder conseguir esta licencia, además del examen teórico, los interesados deberán superar una prueba de conducción en una pista cerrada.

          Rieju MRT Pro Supermotard
          A lo largo de todo este año, todas las asociaciones de fabricantes y conductores de motocicletas y ciclomotores han intentado retrasar o eliminar este polémico artículo del Reglamento. Sin embargo, nada ha evitado que la reforma siga adelante, para desgracia de todos los afectados (excepto el Estado).
          Los fabricantes auguran que esta medida desplomará las matriculaciones de ciclomotores. Gran parte de sus ventas son compradas por los padres de los jóvenes moteros para dar a su hijo su primer medio de transporte motorizado. Ya que ahora la edad mínima es de 15 años, creen que muchos de estos adolescentes retrasarán un año más la compra para tener acceso a una moto de 125 cc.
          Yamaha Jog R
          La asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas (Anesdor), que aglutina a decenas de fabricantes y comercializadoras, dramatiza esta noticia asegurando que pueden perderse hasta el 21% de los empleos generados por este sector, que da trabajo a más de 23.000 personas.
          Por otra parte, las asociaciones de moteros opinan que no tiene ningún sentido este aumento de la edad mínima. Al ser planteada la duda acerca de si se disminuirían los accidentes de menores con ciclomotor, aseguran que la siniestralidad de los jóvenes de 14-16 años es bajísima, y la mortalidad es, literalmente, “residual”.
          Daelim S-Five
          Al hilo de esto, dicen que los jóvenes que retrasen su compra de los 15 a los 16 años para adquirir una moto de 125 cc sí que aumentarán la siniestralidad, ya que la moto es más potente y peligrosa. Una vez conocidas las opiniones de uno y otro bando, sólo falta conocer la opinión de nuestros lectores acerca de este escabroso tema. ¿Estás a favor de la medida? O, por contra ¿crees que es una medida adecuada retrasar la edad de conducción de ciclomotores hasta los 15 años?
          Vía: Europa Press
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          Decora los faros de tu coche con pestañas



          Carlashes
          Desde luego, hay gente que tiene mucho tiempo libre y se pone a pensar qué hacer para tener su momento de gloria en la red. Una compañía de Estados Unidos anunció hace unos días a bombo y platillo que ha comenzado a comercializar unas piezas con forma de pestañas humanas para instalar en el borde de los faros.
          El invento ha sido denominado comercialmente Carlashes (para quien no sepa inglés, eyelashes significa pestañas). la compañía fabricante asegura que tiene un nutrido catálogo de diseños para la mayoría de marcas vendidas en EEUUPor 24.95 dólares ofrecen el par de pestañas para instalar en tu coche.

          VW New Beetle carlashes
          La forma de instalarlos es fácil: abres la bolsa que contiene las pestañas y las pegas con mucho cuidado utilizando un pegamento que sea válido en superficies metálicas. Sin duda, es una propuesta más para todos aquellos que estén cansados del aspecto sobrio de su coche aunque, en mi humilde opinión, me parece una enorme horterada.
          La empresa fabricante ha contactado con dos compradores para realizar el vídeo demostrativo situado a continuación. Curiosamente, los dos coches que aparecen como muestra (BMW Serie 5 y VW New Beetle) son europeos. Qué pena que no aparezca un coeh típicamente americano, un Hummer H2 o un Chrysler 300C, para ver qué tal le sentaría esta delicatessen.

          Ventana externa

          Vía: ZerCustoms
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          Mis felicitaciones a la Guardia Civil de Tráfico



          Guardia Civil de Tráfico
          Durante todos estos años desde que tengo carnet de conducir no he tenido demasiado contacto con la Guardia Civil de Tráfico. No sé si porque soy muy bueno como conductor o porque soy muy discreto como infractor. Aun así, de mayo a esta parte me he dado cuenta de que esta Unidad Funcional de la Benemérita (sin menoscabo de todas las demás) es una organización que merece todos mis respetos, y he descubierto un buen puñado de motivos por los que me parece que ha llegado el momento de ofrecerles mis más sinceras felicitaciones.
          Les felicito, en primer lugar, por haber podido mantener sus puestos de trabajo a pesar de la invasión, durante estos últimos años, de máquinas diseñadas, programadas y construidas para realizar parte de su trabajo. Una parte que nuestros gobernantes consideran “fundamental” dentro de sus tareas: poner denuncias; más concretamente, denuncias por exceso de velocidad.

          Guardia Civil de Tráfico
          Les felicito, en segundo lugar, porque yo también estoy convencido de que con su profesionalidad y espíritu de servicio han contribuido, en gran medida, a la mejora de los niveles de seguridad vial y disminución de los índices de siniestralidad de estos últimos años.
          Les felicito, en tercer lugar, por haber comprendido que el tiempo que antes dedicaban a poner denuncias (en especial las de exceso de velocidad y que ahora efectúan de forma automatizada y aséptica unas maquinitas) lo pueden emplear en realizar tareas más efectivas para mejorar el trafico rodado. Han dejado claro que, hoy por hoy, un buen Guardia Civil de Tráfico puede llevar a cabo una gratificante y provechosa jornada laboral aunque se haya dejado olvidado el bolígrafo en casa.
          Guardia Civil de Tráfico
          Les felicito, en cuarto lugar, por dejar claro ante la opinión pública (al menos ante aquella que no esta aborregada) que la seguridad vial no es un asunto tan sencillo que se pueda resumir con la burda y simplista ecuación de que más multas significan menos accidentes. Las cifras de siniestralidad de este verano (la más baja desde 1962, con un parque automovilísitico 20 veces mayor, y más de un 4% por debajo del mismo mes de 2009) no ofrecen lugar a dudas sobre lo mentecato de esta teoría.
          Les felicito, en quinto lugar, por haber dejado claro su superioridad frente a cualquier tipo de maquinita (por muy bien programada que esté), al seguir teniendo criterio suficiente como para darse cuenta de que no todas las infracciones son iguales, ni suponen el mismo peligro, ni se deben sancionar de la misma manera. Algunas infracciones son simples errores o pequeñas negligencias que se pueden subsanar con una leve reprimenda o con una escueta llamada de atención. Otras, en cambio, merecen ser atajadas (y de ser posible, erradicadas) con ayuda de todo el peso de la ley. Y solo una persona con formación y experiencia puede hacer ese tipo de distinciones.
          Guardia Civil de Tráfico
          Les felicito, en sexto lugar, por haber demostrado ser uno de los pocos colectivos profesionales de este pais que ha sabido reaccionar, con inteligencia y elegancia, ante una de las muchas sinrazones con las que acostumbra a avasallarnos la casta política prepotente y pagada de sí misma que nos gobierna. Con elegancia, al no verse en la necesidad de tener que perjudicar, ni siquiera desde el punto de vista pecuniario, a ciudadanos inocentes, y con la inteligencia de haber dado en la diana al atacar a la casta política en el verdadero motivo de todos sus desvelos: el dinero.
          Y les felicito, en séptimo lugar (last but not least), por haber dejado plenamente en evidencia a esta clase política cuyo único interés en la seguridad vial (aunque se empeñen en negarlo, a pesar de la evidencia) es convertirla en una de sus principales fuentes de ingresos con los que pagar sus prebendas y despilfarros.
          Porque no les basta con haber convertido el automóvil en un objeto de lujo que alimenta las arcas estatales (vía IVA, radares e impuestos sobre carburantes), autonómicas (vía impuesto de lujomatriculación) y municipales (vía impuesto de circulación, tasas de estacionamiento y más radares). También han conseguido convertir su uso habitual en una delirante lotería en la que un pequeño descuido de solo unos pocos kilómetros por hora se puede convertir en un suculento premio en metálico, muchas veces aderezado con su correspondiente pedrea de puntos.
          Eso sí, atropellar mortalmente a un peatón al más puro estilo Farruquito muchas veces no es suficiente para que el infractor pase una buena temporada en la cárcel. Y ya sabemos, que los que viajan en coche oficial suelen pasarse las normas, los radares y los desvelos de los Guardias Civiles de Tráfico por la Túnica Albugínea.
          Y como colofón, una felicitación más, la octava.
          Inspiracion: Rubalcaba pide “por favor”
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          Circular sin cinturón de seguridad: ¿quién paga las multas?

          El único responsable de abonar la sanción impuesta es quien no lleva puesto el cinturón, ya sea el conductor u otro ocupante.
          • Por LOLA RAYA BAYONA
          • 5 de septiembre de 2010


          Cuando los pasajeros son menores de edad

          - Imagen: Manuel Bartual -
          El menor que se sienta en un vehículo no tiene la capacidad de juicio suficiente para usar elsistema de retención adecuado para su edad. La responsabilidad, en estos casos, corresponde siempre al adulto que le acompaña, quien debe asegurarse de que el niño o joven utilice el cinturón de seguridad o la silla infantil, según el caso.
          Cuando viaja un menor, la responsabilidad corresponde siempre al adulto que le acompaña
          Cuando los adultos sean familiares del pequeño, la gravedad de la infracción es mayor. Es posible interpretarla como un incumplimiento de la protección debida al niño, por lo que puede remitirse a la fiscalía de la Sala Coordinadora de Menores para que se aplique la ley orgánica de protección jurídica al menor. El abandono de las obligaciones de un adulto en cuanto a su seguridad en el vehículo se podrá castigar como delito penal.
          Para evitar estas consecuencias, conviene conocer algunos aspectos de la normativa. En ella se señalan ciertas distinciones, en función de que el niño viaje en los asientos delanteros o en los traseros:
          • Asientos delanteros: la ley prohíbe circular a los menores de 12 años en los asientos delanteros del vehículo, salvo que utilicen dispositivos homologados al efecto. De manera excepcional, cuando su estatura sea igual o superior a 135 centímetros, los menores de esa edad podrán utilizar como tal dispositivo el cinturón de seguridad del vehículo.
            Tampoco se puede colocar a los niños en los asientos delanteros con un dispositivo de retención orientado hacia atrás y protegido con un airbag frontal, a menos que éste se desactive.
          • Asientos traseros: las personas cuya estatura no alcance 135 centímetros deberán utilizar de modo obligatorio un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso. Las personas cuya estatura sea igual o superior a 135 centímetros, sin superar 150 centímetros, podrán utilizar de forma indistinta un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, o el cinturón de seguridad para adultos.
          Los pasajeros mayores de tres años que midan menos de 135 centímetros deberán utilizar los cinturones de seguridad u otros sistemas de retención homologados instalados en los vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor, siempre que sean adecuados a su talla y peso. En los vehículos que no tengan dispositivos de seguridad, no podrán viajar niños menores de tres años.

          Transporte público o colectivo

          No abrocharse el cinturón en un autobús es una infracción "grave" que lleva aparejada una sanción de 200 euros
          Si se viaja como pasajero en un taxi o en un autocar y no se utiliza el cinturón, ¿quién pagará la multa? Tanto el acompañante como el pasajero de cualquier transporte que disponga de dispositivo de seguridad tiene la obligación de usarlo. En caso contrario, además de tener más probabilidades de sufrir un accidente, cabe la posibilidad de recibir una sanción por infringir la ley. La responsabilidad por las infracciones cometidas recae en el autor de los hechos.
          • En autocares o autobuses: desde el año 2007, todos los autocares y autobuses nuevos (homologados a partir de 2006 y matriculados a partir de 2007) están obligados a llevar cinturón de seguridad. En cuanto a su uso, siempre que los vehículos dispongan de ellos, tanto el conductor como los pasajeros mayores de tres años deberán llevarlo abrochado durante todo el trayecto, tanto si se circula por vías urbanas como por interurbanas. No llevarlo abrochado es una infracción "grave" que lleva aparejada una sanción de 200 euros, que deberá abonar el viajero.
          • En taxis: los profesionales del taxi no tienen obligación de usar el cinturón de seguridad en los recorridos urbanos, aunque sí en los trayectos interurbanos. Este hecho se justifica por razones de seguridad, ya que el cinturón limita las posibilidades de reacción ante una eventual agresión física. No obstante, los viajeros sí tienen obligación de llevarlo y, de no hacerlo, los agentes de la autoridad les pueden multar.

          Exenciones

          Todos los ocupantes de un vehículo deben llevar los cinturones de seguridad abrochados o sistemas de retención homologados. No obstante, la ley recoge algunas exenciones a esta norma:
          • Las personas que cuentan con un certificado de exención debido a razones médicas graves o en atención a su discapacidad física.Deberá presentarse en los casos que lo requiera cualquier agente responsable del tráfico. Todo certificado de este tipo expedido por la autoridad competente de un Estado miembro de la Unión Europea se validará en España, siempre y cuando esté acompañado de su traducción oficial.
          • Ciertas maniobras. Los conductores que efectúan la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento, debido a que el uso del cinturón puede ser un obstáculo para las mismas.
          • Los taxistas. Los conductores de taxi están exentos de llevar abrochado el cinturón de seguridad cuando estén de servicio y circulen por las vías de un municipio cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora. Cuando circulen en vías urbanas, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado adaptado a su talla y a su peso, siempre que ocupen un asiento trasero.
          • Los distribuidores de mercancías. Estos profesionales están exentos cuando realicen sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros.
          • Los conductores y pasajeros de vehículos de servicio de urgencia (policías, conductores de ambulancias, bomberos...). Cuando circulen por vías cuyo límite de velocidad sea igual o inferior a 50 kilómetros/hora.
          • Los profesores de autoescuela. Estos profesionales pueden no hacer uso del cinturón cuando acompañan a un alumno durante el aprendizaje de la conducción. También mientras realizan pruebas de aptitud y estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil.

          Animales dentro del vehículo

          La normativa actual no indica nada específico respecto a elementos de sujeción para el transporte de animales de compañía. Esto no significa que no haya limitaciones. El Reglamento General de Circulación explica que el conductor del vehículo esta obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción. Añade que deberá cuidar, de modo especial, mantener la adecuada colocación de los objetos o animales transportados.
          Hay algunas consideraciones que pueden aplicarse en el caso del transporte de animales de compañía. Se indica que los agentes encargados de la vigilancia del tráfico podrán ordenar la inmovilización inmediata de vehículos en caso de que las posibilidades de movimiento y el campo de visión del conductor resulten "sensible y peligrosamente reducidas" por el número o posición de los pasajeros o por la colocación de los objetos o animales que se transporten.
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