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          Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico

          de Motor Spain 

          Entra en vigor la
           nueva Ley de Tráfico, más concretamente el día elegido para que se aplique formalmente es el próximo 25 de mayo con dos objetivos fundamentales, facilitar las cosas a aquellos que cometen la infracción, la reconocen y quieren pagarla cuanto antes así como evitar la impunidad de aquellos infractores que creen estar por encima de la ley
          Por ejemplo uno de los puntos clave consistirá en ofrecer descuentos del 50% a aquellas personas que paguen sus multas antes de 20 días. Descuento al que no podrás acogerte si decides recurrir tu multa.


          Una medida que te dejará con la temible duda de bien pago mi multa antes de 20 días para recibir la bonificación del 50% o pongo el recurso con lo que me arriesgo a que no me quiten la multa y tener que pagar el 100% de la infracción.

          Otras de las medidas que pretende potenciar esta nueva ley es evitar la impunidad de aquellos que no ejecutan sus correspondientes sanciones para los que la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial tiene importantes cambios. Por ejemplo aquellos que tengan en su haber cuatro o más sanciones graves o muy graves sin pagar no podrán vender ni cambiar de titular su vehículo. Por otro lado se amplia de uno a cuatro años el plazo de prescripción de las multas.
          Otro punto que se ha modificado es la cuantía de las multas, no me refiero a que será mayor o menos, sino a la diferencia de cantidades si te denunciaba un Policía Local o la Guardia Civil. En este punto se ha descrito que TODAS las sanciones Graves conllevarán una multa de 200 euros y las Muy Graves de 500 euros se produzcan donde se produzcan y las denuncie el cuerpo que las denuncie. Las faltas leves seguirán teniendo una cuantía de hasta 100 euros.
          Uno de los puntos más sonados de esta nueva Ley es el de los inhibidores y detectores de radar cuya sanción a los conductores con este tipo de sistemas instalados en su vehículo se elevará hasta los 6.000 euros mientras que el instalador recibirá también su correspondiente multa que oscilará entre los 3.000 y los 20.000 euros dependiendo de los atenuantes y agravantes que un juez estime oportunos.
          Ahora bien, ¿qué se consideran sanciones muy graves, graves o leves?.
          Infracciones MUY GRAVES:
          Sanción económica: 500 euros salvo las citadas anteriormente sobre inhibidores y detectores de radar que son de 6.000 euros.
          • Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida: 4-6 puntos
          • Conducir bajo los efectos de estupefacientes: 6 puntos
          • Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia y estupefacientes: 6 puntos
          • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras: 6 puntos
          • Excederse en más del 50% en los tiempos de conducción (transportistas): 6 puntos
          • Alterar el funcionamiento del tacógrafo y limitadores de velocidad (transportistas): 6 puntos
          • Conducir un vehículo sin la licencia oportuna: 4 puntos
          • Conducir un vehículo con la licencia suspendida: 4 puntos
          • Utilizar inhibidores de detección de radar: 6 puntos
          • Circular sin la documentación administrativa del vehículo
          • Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas

          Infracciones GRAVES:
          Sanción económica: 200 euros
          • Incumplir la orden de detención en stop, ceda el paso y semáforo en rojo: 4 puntos
          • Adelantar en lugares no permitidos o con visibilidad reducida: 4 puntos
          • Adelantar poniendo en peligro a ciclistas: 4 puntos
          • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopista y autovía: 4 puntos
          • No respetar las señales de los agentes: 4 puntos
          • No mantener la distancia de seguridad: 4 puntos
          • Arrojar colillas (u objetos peligrosos) a la calzada: 4 puntos
          • Efectuar un cambio de sentido ilegal: 3 puntos
          • Conducir utilizando cascos, manejando el móvil o el GPS: 3 puntos
          • No utilizar el cinturón de seguridad o sistemas de retención infantil: 3 puntos
          • Parar o estacionar en el carril bus, curvas, cambios de rasante, túneles, zonas de minusválidos
          • Circular sin el alumbrado reglamentario
          • Circular con menores de 12 años en ciclomotores o motocicletas
          • Ocupación excesiva de un vehículo (superar en un 50% las plazas autorizadas)
          • Conducir con una autorización no válida
          • Circular con el permiso de conducción del vehículo suspendido

          Infracciones LEVES:
          Sanción económica: hasta 100 euros
          • Todas las que no son calificadas como graves o muy graves
          • Para ciclistas, no utilizar prendas y elementos reflectantes

          *****************

          Entrada en vigor de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Ley de Tráfico y Seguridad Vial
          El próximo 25 de mayo entrará en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial recientemente presentada por el Ministerio del Interior, que ya os habíamosadelantado en profundidad. Bajo el lema “Cambiamos para mejorar”, esta reforma tiene dos objetivos principales: (1) facilitarle las cosas a aquellos que cometieron una infracción, la reconocen y quieren “saldar sus cuentas” cuanto antes y (2) evitar la impunidad de aquellos infractores que se creen por encima de la ley.
          Con el fin último de ser una ley más justa para todos se presenta este paquete de medidas que abreviará los trámites burocráticos para la tramitación de sanciones y quebonificará a aquellos que paguen pronto su multa con un descuento del 50%. Lo cual no debería disuadirnos de anteponer los recursos que estimemos convenientes (estamos en nuestro derecho) en aquellos casos en que la sanción no proceda o los términos no estén del todo claros.
          Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Descuento por pronto pago


          Y ¿por qué digo esto? Pues precisamente lo digo por que la ley establece que no podrán acogerse al descuento del 50% por pronto pago (en un plazo de 20 días)aquellos infractores que opten por seguir el procedimiento ordinario para recurrir su multa. En fin, una extorsión en toda regla que te deja en una encrucijada: o reconozco mi infracción y lo pago pronto para recibir el descuento del 50% o me enfrento a un procedimiento de recurso que puede que sea favorable o no.
          Con este descuento la DGT asegura que recaudará menos, pero también reducirá la frustración de muchos conductores que reconocen su infracción. De todas formas recordemos que el importe de la recaudación se dedica íntegramente a la financiación de campañas de seguridad vial y la prevención de accidentes de tráfico y ayuda a las víctimas. En fin, habrá puntos discutibles en esta ley pero al menos en este aspecto sí que parece que las cosas van por buen camino.
          Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Evitar la impunidad


          Para evitar la impunidad de aquellos que no ejecutan sus correspondientes sanciones la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial pondrá en marcha nuevos mecanismos. Por ejemplo, en algunos casos concretos en que se cometan infracciones muy graves que conlleven un grave peligro para el resto de los conductores, tener instalados inhibidores de radar o reiteración de infracciones muy graves, podrá conllevar la decomisación cautelar del vehículo (únicamente en casos puntuales y siempre bajo la decisión de un juez).
          Por otro lado aquellos que acumulen cuatro o más sanciones graves o muy graves sin pagar no podrán hacer ningún trámite con el vehículo, ni venta ni cambio de titular. Además se amplía de uno a cuatro años el plazo de prescripción de las multas.
          Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Unificación de sanciones


          Hasta ahora, las infracciones de tráfico Graves y Muy Graves se habían establecido con una sanción económica variable que dependía del cuadro de sanciones de cada Administración. Lo cual es a todas luces injusto, ya que la multa establecida por un Ayuntamiento podía diferir considerablemente de la misma sanción aplicada por otro diferente.
          Por eso mismo a partir de ahora TODAS las sanciones Graves conllevarán una multa de 200€ y las Muy Graves de 500€, excepto las relativas a no respetar los límites de velocidad, para las que ya se ha dispuesto su propio cuadro de cuantías económicas (al final de este artículo). Las faltas Leves seguirán teniendo una cuantía variable de hasta 100€.
          Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Inhibidores y Detectores de radar


          Una de las secciones más estrictas de esta nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial es la relativa a los inhibidores y detectores de radar. La sanción que se impondrá a los conductores de vehículos con este tipo de sistemas será de 6.000€, y no sólo eso, a sus instaladores se les aplicará multas cuya cuantía oscilará entre 3.000 y 20.000€, dependiendo de los atenuantes y agravantes que estime oportunos el juez.
          Llegados a este punto reflexionamos y nos hacemos una pregunta, los señalizadores de radares fijos que funcionan con una base de datos y un GPS siguen siendo legales, los Inhibidores están totalmente prohibidos en tanto en cuanto interfieren con los radares de los agentes. Pero, ¿son legales los detectores de radar que no inhiben señales?
          Así lo recoge el texto de la nueva ley:
          Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia y control del tráfico.

          En los últimos días hay quienes (especialmente instaladores y vendedores de este tipo de dispositivos) han hecho su propia interpretación de este texto asegurando que aquellos detectores de radar que no interfieren las señales de los instrumentos utilizados por los agentes no pueden ser sancionados. Creedme, yo sigo dándole vueltas y no sé hasta qué punto serán recurribles estas infracciones o no, es más, me parece lamentable que no se haya clarificado mejor un tema que se presenta como una de las novedades más importantes de esta reforma de la ley.
          Dado que en ningún momento se habla de inhibición de señales sino de impedir (literalmente, inteferir) el funcionamiento de los sistemas de vigilancia está penado, yo que vosotros de momento me curaría en salud y no utilizaría ningún tipo de inhibidor o detector por lo que pueda pasar.
          Ley de Tráfico y Seguridad Vial

          Infracciones MUY GRAVES:

          Sanción económica: 500€, excepto la referente a inhibidores y detectores de radar que son 6.000€
          • Conducir con una tasa de alcohol superior a la permitida: 4-6 puntos
          • Conducir bajo los efectos de estupefacientes: 6 puntos
          • Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia y estupefacientes: 6 puntos
          • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario, o participar en carreras: 6 puntos
          • Excederse en más del 50% en los tiempos de conducción (transportistas): 6 puntos
          • Alterar el funcionamiento del tacógrafo y limitadores de velocidad (transportistas): 6 puntos
          • Conducir un vehículo sin la licencia oportuna: 4 puntos
          • Conducir un vehículo con la licencia suspendida: 4 puntos
          • Utilizar inhibidores de detección de radar: 6 puntos
          • Circular sin la documentación administrativa del vehículo
          • Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas
          Nota: las sanciones en las que no se especifican puntos no conllevarán detracción de puntos

          Infracciones GRAVES:

          Sanción económica: 200€
          • Incumplir la orden de detención en stop, ceda el paso y semáforo en rojo: 4 puntos
          • Adelantar en lugares no permitidos o con visibilidad reducida: 4 puntos
          • Adelantar poniendo en peligro a ciclistas: 4 puntos
          • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopista y autovía: 4 puntos
          • No respetar las señales de los agentes: 4 puntos
          • No mantener la distancia de seguridad: 4 puntos
          • Arrojar colillas (u objetos peligrosos) a la calzada: 4 puntos
          • Efectuar un cambio de sentido ilegal: 3 puntos
          • Conducir utilizando cascos, manejando el móvil o el GPS: 3 puntos
          • No utilizar el cinturón de seguridad o sistemas de retención infantil: 3 puntos
          • Parar o estacionar en el carril bus, curvas, cambios de rasante, túneles, zonas de minusválidos
          • Circular sin el alumbrado reglamentario
          • Circular con menores de 12 años en ciclomotores o motocicletas
          • Ocupación excesiva de un vehículo (superar en un 50% las plazas autorizadas)
          • Conducir con una autorización no válida
          • Circular con el permiso de conducción del vehículo suspendido
          Nota: las sanciones en las que no se especifican puntos no conllevarán detracción de puntos

          Infracciones LEVES:

          Sanción económica: hasta 100€
          • Todas las que no son calificadas como graves o muy graves
          • Para ciclistas, no utilizar prendas y elementos reflectantes

          Sanciones y puntos por exceso de velocidad:


          Ley de Tráfico y Seguridad Vial
          En el tema de las sanciones por exceso de velocidad hay que aclarar que el margen del 10% que se utilizaba hasta ahora sigue vigente y ningún radar nos podrá multar a 121 km/h en un tramo limitado a 120, máxime teniendo en cuenta que el velocímetro de todos los automóviles tiene un defecto al alza (siempre marca una velocidad superior a la que llevamos realmente).
          El problema llega con los radares de tramo, en ese caso el margen de error no existe y siempre que los sistemas de detección verifiquen que la velocidad media en un tramo limitado a 120 ha sido 121 km/h o superior se considerará una infracción, ya que será un signo inequívoco de que en al menos una ocasión hemos superado los 120 km/h.
          Espero haber clarificado un poco el tema de la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial. En los próximos días ya veremos como en todos los medios de comunicación (TV, radio, prensa escrita e internet) nos “bombardearán” con información al respecto, y mientras tanto también podréis recurrir a la web que la DGT Y el Ministerio del Interior han habilitado al respecto: Reforma Ley de Tráfico. Como de costumbre, también podréis debatir las reformas de la ley en la sección de comentarios.
          Vía: DGT y Ministerio del Interior
          Créditos de las Fotografías: Jose Carlos CastroContando EstrelasEl TecnorranteMundo DesconcertanteSergis Blog
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          Educación vial: Señales de tráfico




          Educación vial: Señales de tráfico, señales que aparecieron en nuestras ciudades hace algo menos de un siglo y que hoy día constituyen el código de signos más conocido del mundo
          Aun así, no podemos creer que vayamos donde vayamos entenderemos sin problema cualquier tipo de señalización ya que estas se dividen en dos grandes grupos, el sistema de señalización que llamaremos “latino” y que impera en Europa, gran parte de África y casi la totalidad de Asia y que todos conocemos


          Por otra parte nos encontramos con el sistema de señales que llamaremos “Anglosajón” y que es el estándar en casi todo el continente americano, Australia y otros países de Oceanía fundamentalmente
          Centrándonos en las señales que encontraremos en Europa y sobre todo en España llama especialmente la atención un estudio realizado por la Universidad de Valencia en el que se llega a la conclusión de que si se pregunta a los españoles cuántas señales conocen responderán que el 81% pero si se les pide que las identifiquen tan sólo conocen el 52%.

          Hay que destacar como los más que mejor conocen las señales de tráfico son los murcianos que demostraron conocer el 98% de las señales mientras que los extremeños, asturianos, cántabros, riojanos y navarros obtuvieron los peores resultados
          En cuanto a las señales en sí seguro que sabrás los grandes grupos en que se dividen, grupos entre los que encontramos señales de prohibición o limitaciones que sirven para limitar, obligar o prohibir determinadas situaciones en el tránsito. Estas señales generalmente son de forma circular aunque hay algunas como la de “STOP” que es de forma octogonal o “CEDA EL PASO” que tiene forma de triángulo invertido.

          Por otro lado encontramos las de forma cuadrada o rectangular de color azul, verde o negro con una flecha de color blanco que nos indica “SENTIDO DE CIRCULACIÓN“. Principalmente este tipo de señales de reglamentación son de color blanco o azul con una orla roja. Cuando están atravesadas por una banda diagonal roja PROHIBEN si no la tienen OBLIGAN o RESTRINGEN.
          Por último tenemos las señales cuadradas o rectangulares con fondo azul cuyo significado de existencia es el de INFORMAR a los circulantes de la via de distintos hechos como la existencia de una gasolinera o lugar de estacionamiento para descansar entre otros.
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          ¿Qué es el ABS?




          ¿Qué es el ABS? Quizás una pregunta que muchos sabréis y otros muchos no, la verdad una de las mejores respuestas que me han dado a esta pregunta decía algo así como “Si, es una de esas tres letras que traía mi coche, ABS, ESP, EE, CC… ya sabes“.
          Como sabrás, actualmente todos los coches vienen equipados con este tipo de sistema de ayuda a la conducción creado en los años 80 por Bosh. Por cierto, antes de continuar decirte que ABS viene del término inglés Anti-Lock Brake System.


          El ABS consta de un sensor que mide cientos de veces por segundo la velocidad de giro de la rueda mientras frenamos. De esta manera cuando el sensor detecta que la rueda gira más despacio de lo que debería a la velocidad que lleva el coche, eso es que la rueda empieza a derrapar, envía una señal a una centralita electrónica que calcula en milésimas la presión exacta de frenado que hay que enviar a las ruedas para que estas no derrapen.
          Gracias a esto se consigue una disminución de la distancia de frenado que, en ciertas ocasiones de nerviosismo el piloto pudiera presionar demasiado fuerte el freno y hacer derrapar el coche. De esta manera estamos ante un sistema que pase lo que pase nos garantiza una distancia de frenado mínima en cualquier situación.

          Otra de las mejoras que contempla este sistema es el poder controlar en todo momento la dirección del modelo al evitar el bloqueo de las ruedas y su consiguiente pérdida de control en el que el coche pueda deslizarse a cualquier lado sin la que dirección influya lo más mínimo.
          Como sabrás, el coste de mantenimiento del sistema es nulo. De esta manera, si el sistema no funciona adecuadamente este nos avisa a través de un piloto en el cuadro de mandos y simplemente, deja de operar, quedando el sistema de frenos intacto. s2t2 -
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          La renovación del carné se agiliza, ya no hace falta pasarse por Tráfico

          La renovación del carné se agiliza, ya no hace falta pasarse por Tráfico: "

          Carné de conducir español

          Poco a poco la DGT va optimizando los distintos procesos en los que los ciudadanos interactuamos con ella para hacerlos más ágiles y reducir los tiempos que nos lleva cada uno. Así a partir de ahora la renovación del carné de conducir será más sencilla porque no será necesario acudir a cualquier oficina de Tráfico sino que se podrán hacer los papeleos y pagar las tasas en el propio centro psicotécnico en el que uno se examine.

          Simplemente habrá que realizar las pruebas de aptitud, pagar las tasas y el propio centro nos facilitará un justificante temporal, válido durante 90 días, que nos servirá para conducir mientras no nos llega a nuestro domicilio el carné de conducir renovado. Obviamente este justificante no será entregado si no se superan las pruebas o no se cumple alguno de los requisitos necesarios para la renovación como el hecho de no tener ningún punto en nuestro casillero.

          Todo lo que sea optimización de los procesos es bueno, bien porque se hace menos engorroso para el ciudadano y desde luego permite ahorrar mucho tanto económica como temporalmente: se calcula que con esta medida los ciudadanos se ahorrarán 7.2 millones de euros y 3.6 millones de horas en desplazamientos. La clave para conseguir este propósito está en la conexión telemática entre los centros psicotécnicos y la propia DGT.

          Hay otras novedades más técnicas respecto a este proceso. Cada uno de los centros psicotécnicos tendrán que enviar el historial clínico psicofísico que avala la capacidad de cada conductor por lo que la DGT podrá comprobar de una forma directa que todos los pruebas establecidas para la evaluación de los conductores se han llevado a cabo correctamente. Intuyo que esto se ha mejorado para tratar de evitar ciertas actitudes de “relajamiento” de algunos centros respecto a estas pruebas.

          Esto debería ser solamente un paso más de cara a una comunicación directa y eficaz entre todos los actores de los procesos administrativos pero ya hablamos de una generalidad que no debería quedarse en la DGT. Está claro que con las nuevas tecnologías se puede ir por este camino con facilidad y de paso acabar con muchos de los papeles que llevamos en la guantera del coche y que ya no serían tan necesarios.

          vía: motorpasión y2a -


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          ¿Cuándo perdemos la chispa con nuestro coche?



          ¿Cuándo perdemos la chispa con nuestro coche?
          Es la pregunta que han intentado responder en LeaseTrader, una empresa estadounidense dedicada a dar salida a coches de leasing de los que sus dueños se han cansado. Son una especie de asesor matrimonial para dueños de coches, así que han debido recopilar información de primera mano acerca de lo que ha pasado con la relación con nuestro coche. El estudio se ha llevado a cabo con una muestra – suponemos que representativa – de 2.500 hombres y mujeres.
          Cuando compramos un nuevo coche, el efecto en tanto hombres como mujeres es similar al enamoramiento. En un principio todo son cariños e ilusión, amor ciego. Esta es la fase en la que nuestro coche recibe los mayores cuidados, es tratado con mimo, limpiado cada semana a fondo, y ni se nos ocurre dejarlo a nadie. Este periodo lo denominan “luna de miel”, y en los hombres representa un periodo de unos cuatro meses. Es entonces cuando aparecen los primeros indicios de que hemos perdido la chispa con nuestro coche.

          Comienza la rutina para los hombres cuando:
          • Lo aparcamos cerca de otros coches (33%)
          • Transportamos equipamiento deportivo o voluminoso (22%)
          • Lo limpiamos menos frecuentemente (17%)
          • Empiezan a importarnos las letras de pago (12%)
          • Dejamos de luchar por ver quién conduce en viajes largos (3%)
          Las mujeres pierden la chispa con su coche a los 14 meses, de media. Es curioso pues es uno de los estereotipos que existían – a los hombres nos gustan más los coches – y que han sido rebatidos. La “luna de miel” termina cuando:
          • Dejan a su marido conducir (39%)
          • Llevan a otros niños en el asiento trasero (24%)
          • Comen en el coche (12%)
          • Se ponen maquillaje mientras conducen (9%)
          • Dejan prendas en el coche (6%)
          • Empiezan a fumar en el coche (2%)
          Es un estudio enfocado a los consumidores de EEUU, pero estoy de acuerdo con casi todo, especialmente en lo relativo a aparcar cerca de otros coches. A ello añadiría dejarlo toda una noche aparcado en la calle – si por ejemplo vamos de viaje – sin que nos importe, o quizá transportar objetos que puedan ensuciar. Tampoco puedo olvidarme de dejar conducir el coche a otras personas, aunque puede que esa tendencia sea algo más personal.
          Un estudio curioso sin más, tampoco debemos tomarnos en serio sus conclusiones. Además, no creo que si de verdad te gustan los coches – y lo has comprado, no lo tienes en leasing – el periodo de luna de miel puede nunca terminar. Sí, con el tiempo empezamos a ver defectos a nuestro coche y empezamos a mirar a otros coches, pero como se suele decir, “que me haya llevado el pastel no implica no mirar a la pastelería”. ¿Qué opinas de las conclusiones de este estudio?
          y2a -Vía: LeaseTrader -> Wired
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